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6 dic 2016

Los frutos del árbol envenenado

Hay dictadura si al Jefe del Estado no lo eligen los ciudadanos y él se impone a ellos
Toda dictadura usa la muleta de un Parlamento (URSS, China, Corea del Norte, España, Cuba, etc.) – Fernando VII y Hitler cortaron por lo sano, Luis XVI no las convocaba  - con un simulacro de participación electiva. El origen de la dictadura monárquica actual es un golpe de estado militar ilegítimo contra una República legítimamente constituida. Tiene en “su favor” la tradición de imponer la dictadura borbónica mediante un golpe militar creada en los S. XIX y XX. Pero estas tradiciones cuanto más antiguas sean más rápido exigen ser erradicadas.
I.- Fernando VII, ¡que error, que gran error! recibió el reino a condición de jurar la CE1812; instauró la dictadura borbónica tras el golpe militar del General Elio, bendecido por el Obispo de Valencia, como es habitual tras un golpe de Estado.
como lo que son los borbones, una dictadura "más o menos" parlamentaria pero nunca democrática porque prohíbe a los ciudadanos elegir a su Jefe del Estado
II.- Dejar en herencia “su” dictadura monárquica a su hija Isabel II que es puesta en la calle por el pueblo soberano y tras la corta experiencia de Amadeo I buscó la República democrática
III.- Alfonso XII alcanzó la Jefatura del Estado previo golpe de Estado del General Martínez Campos imponiendo de nuevo otra dictadura "más o menos" parlamentaria pero nunca democrática porque prohíbe a los ciudadanos elegir a su Jefe del Estado
iV.- Dejar en herencia “su” dictadura monárquica a su hijo Alfonso XIII que es puesto en la calle por el pueblo soberano y pacíficamente decidió organizarse bajo una República democrática
V.- Juan Carlos I alcanzó la Jefatura del Estado previo golpe de Estado del General Francisco Franco imponiendo de nuevo otra dictadura "más o menos" parlamentaria pero nunca democrática porque prohíbe a los ciudadanos elegir a su Jefe del Estado
VI.- Deja en herencia “su” dictadura monárquica a su hijo Felipe VI. No se sabe si el pueblo soberano echara de nuevo al heredero y recuperará la democracia que sólo ofrece la Republica
El último golpe de Estado, dejando aparte el genocidio paralelo y posterior a la guerra, fue la segunda vez en que un Jefe del Estado concertó la intervención en España de ejércitos extranjeros, de la Alemania nazi y de la Italia fascista, para luchar contra el pueblo demócrata. El primero fue Fernando VII, con sus cien mil hijos de San Luis, el rey felón" que felicitaba a Napoleón cada vez que sus mariscales lograban una victoria en España.
La derrota del fascismo en Italia y Alemania puso en peligro el régimen fascista ilegítimo del General Franco. El 10.03.1945 Roosevelt dijo a su embajador en Madrid: “no hay lugar en las Naciones Unidas para un gobierno fundado en los principios fascistas” y abandonó Madrid curiosamente el 20-N. En la conferencia de San Francisco que creo la ONU España estuvo representada por el gobierno republicano en el exilio, aunque como observadores. La ONU el 12.12.1946 recomendó la retirada de embajadores (quedaron los de las dictaduras católicas del Vaticano, Portugal y Argentina de Perón, la reciente católica Irlanda y Suiza).
Franco organiza el referéndum de 06.07.1947 y declara a España “un Estado católico, social y representativo, que, de acuerdo con su tradición, se declara constituido en Reino”. D. Juan, presunto heredero del último dictador monárquico, lo rechaza. Así Franco disfraza la dictadura militar en futura dictadura monárquica fascista sui generis:
1.- el reino lo decidió él  con el simulacro del referéndum
2.- el rey lo designaba él, ¡cuando le viniera en gana!
3.- se constriñó en su decisión a que el rey procediera  de una familia real. Podía nombrar a un descendiente de cualquier hijo de puta, estricto sensu, descendiente de los muchos bastardos de los reyes que en España hubo, o lato sensu, de los legales hijos de los dictadores regios.
4.- es evidente que a la (i)legitimidad de estos antecedentes monárquicos se añadía la (i)legitimidad del dictador que lo nombraba que fue la que recibió Juan Carlos i de Franco.
El juramento de Juan Carlos de adhesión y defensa del régimen fascista, 22.07.1969, lo reitera  el 22.11.1975 para ser Jefe del Estado a título de rey de la dictadura fascista heredada, que deja en herencia a su hijo que lo sigue siendo de ella. Ni él ni su hijo fueron jamás elegidos por los ciudadanos. A nadie le llama la atención porque a los dictadores no los elige el pueblo.
Una elección exige que el resultado de votar SI sea distinto del resultado de votar NO. Eso no ocurrió con el nombramiento hecho por el golpista a Juan Carlos I al votar la CE78:
1.- Si se rechazaba la CE78 el Jefe del Estado seguiría siendo Juan Carlos I con el título de rey que le dio Franco con derechos hereditarios discriminatorios hasta el fin del mundo;
2.-  si se aprobaba la CE78 el Jefe del Estado seguiría siendo Juan Carlos I con el título de rey que le dio Franco con derechos hereditarios discriminatorios hasta el fin del mundo;
¿Qué fue lo único que se permitió elegir en aquella votación?: rechazar o revalidar las leyes de Franco en lo que se diferenciaran de las leyes que podrían surgir de la CE78. Todo el Título II de la CE78 estaba ya contenido en el nombramiento de Franco. Se votara a favor o en contra seguiría estando en vigor; por tanto NUNCA se eligió.
La ilegitimidad del régimen de la vigente dictadura monárquica nace de la  doctrina de "los frutos del árbol envenenado". Según esa doctrina las pruebas de un delito logradas de modo ilícito no cabe alegarlas en el proceso judicial posterior en contra ni a favor de cualquier persona  porque cualquier prueba que directa o indirectamente tiene un nexo viciado y por ello es prueba nula. Mutatis mutandis el nombramiento del Jefe del Estado es nulo.
El presunto delito de usurpación antidemocrática de la Jefatura del Estado es el fruto envenenado del origen ilegítimo: de la dictadura de Franco, del nombramiento de Franco y de la ausencia de toda elección por los ciudadanos que nunca ocurre bajo ninguna dictadura. A ello se añade el fraude de ley con que se quiso crear una legitimación que nunca existió. Como tantos fraudes ha acabado por ser descubierto en la reciente declaración de Adolfo Suárez. La nulidad del fraude cometido es evidente tal y como establece el art. 7 CC:
1. Los derechos deberán ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe.
2. La ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo. Todo acto u omisión que por la intención de su autor, por su objeto o por las circunstancias en que se realice sobrepase manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho, con daño para tercero, dará lugar a la correspondiente indemnización y a la adopción de las medidas judiciales o administrativas que impidan la persistencia en el abuso.
1.- consta la mala fe con la que actuó el Presidente del Gobierno
2.- consta el abuso del derecho al pretender engañar a los ciudadanos
3.- consta el ejercicio antisocial de ese “derecho” que priva de la igualdad ante la ley a todos
4.- consta la intención de su autor – recientemente conocida -  su objeto – burlar la opción de elegir de los ciudadanos - las circunstancias en que lo realizó – bajo el ruido de sables – y que sobrepasan manifiestamente los límites normales del ejercicio de un “derecho” – el art. 7.1 exige la buena fe que aquí nunca existió ni por parte de los autores ni de los beneficiarios.
5.- consta la obligación de indemnizar de los herederos de Franco en la Jefatura del Estado por parte de los beneficiados con este fraude y de los autores del mismo,
6.- consta la exigencia de la toma de medidas judiciales, penales incluidas, y administrativas,
7.- consta que hay que impedir la persistencia del abuso
¿Qué hacen quienes tendrían que hacer lo que exige el art. 7 CC? Todo lo contrario:
1.- se callan ¿cómplicemente y con mala fe?
2.-no denuncian el delito (art. 259 LECr)
                a.- el abuso del derecho ¿cómplicemente y con mala fe?
                b.- el ejercicio antisocial de ese “derecho” ¿cómplicemente y con mala fe?
                c.- el sobrepaso manifiesto de los límites normales del ejercicio de un “derecho”
¿cómplicemente y con mala fe?
d.- la exigencia de la obligación de indemnizar ¿cómplicemente y con mala fe?
                e.- la no  toma de medidas judiciales, también penales ¿cómplicemente y con mala fe?
                f.- la no toma de medidas administrativas ¿cómplicemente y con mala fe?

                g.- la no petición de que se acabe con el abuso ¿cómplicemente y con mala fe?

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