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11 abr 2017

Tres reflexiones: (I) La politización de la justicia

La política definida como el arte de lo posible exige al políticos explorar todas las posibilidades que están a su alcance, incluso la que van más allá de la ley. Ésa es la competencia de gestión que le han otorgado los ciudadanos de un régimen parlamentario: crear nuevas leyes para  derogando las viejas existentes. Esa competencia es la propia de un régimen parlamentario.
Si digo parlamentario y no democrático es porque aunque todos los regímenes democráticos son parlamentarios pero no todos los regímenes parlamentarios son democráticos. Son dos conceptos que mucha gente de buen buena fe confunde, aunque algunos interesadamente porque un régimen dictatorial facilita mucho la corrupción. Basta con permitir la corrupción al Jefe del Estado para tener la coartada de practicarla cada uno. La diferencia entre ambos regímenes parlamentarios, democrático o dictatorial, no es trivial. En un régimen democrático ningún cargo se hereda por vía sanguínea, como si fuera una finca, ni por designación del que le precedió en el poder, sino por elección libre, mejor si es directa, de todos los ciudadanos.  
Los regímenes monárquicos, por alto que sea el bienestar que ofrezcan son dictaduras; no pocas repúblicas lo son también. El caso hereditario de Corea del Norte es el más paradójico.
El político parlamentario es dueñoo de la ley porque la puede cambiar. El juez, sin embargo, sólo la puede interpretar pero el campo de la interpretación no es pequeño sino más amplio de lo que se cree. Buscando la seguridad jurídica muchos ciudadanos apoyan el viejo brocardo romano “dura lex, sed lex”. Es un error político; el objetivo de la ley no es la seguridad, ¡aunque deseable!, sino la justicia; y el sentimiento de justicia evoluciona a diario.
En el S. XIX la esclavitud era legal. En el S. XXI es ilegal, pero sigue existiendo.
En el S. XIX había muchas dictaduras monárquicas. En el S XXI todavía hay bastantes
En el S. XIX el derecho al voto no era universal. En el S. XXI todavía no lo es en muchos países.
La lista de ejemplos sería muy larga.
El político como dueño de la ley marca el trazo grueso; ¡pero la ley nace libre! El juez como su  intérprete pone el trazo fino de sus límites. Algunos llaman a ello “politización” y sin duda lo es en el sentido genuino de la palabra: sus sentencias afectan al ciudadano que vive en la polis.
A esa “politización”, la que podríamos llamar progresista porque mira al futuro es legal. La ampara el art. 3.1 CC: Las normas se interpretarán según según el sentido propio de sus palabras  en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas. Son criterios contradictorios como podemos ver analizando el caso del matrimonio homosexual. El sentido propio de las palabras del precepto constitucional lo permite; el contexto, una vez que las relaciones homosexuales ya no son un delito, también; los antecedentes históricos y legislativos, se oponen; la realidad social del tiempo en el que han de ser aplicadas  también está a favor; y el espíritu y finalidad de las normas ¿favorecer la felicidad de la gente?, también apoya una interpretación de la ley favorable a reconocerlo.
Por tanto, cualquier juez pudo legalizar un matrimonio homosexual antes de la ley promulgada durante el mandato del Presidente Zapatero que lo legalizo expresamente. Le hubieran llamado progresista ¡pero no solo eso! Y lo hubiera sido; el progreso social lo pedía. Pero ninguno se atrevió. Quizá el peso de los antecedentes históricos y legislativos pesaron más de lo que debían. Hubo otros que pretendieron burlar la ley demorando el reconocimiento de esos matrimonios aun después de promulgada. No eran “reaccionarios”, eran fraudulentos. Utilizaron las leyes para incumplir las leyes con una absoluta falta de buena fe (art. 7 CC).
Hubo un gran revuelo en el Congreso, Los políticos “reaccionarios” eran minoría; impugnada la ley el TC tardó en decidir y admitió la interpretación progresista y no la regresiva. Esos políticos ganaron las siguientes elecciones prometiendo derogar la ley. No lo hicieron. ¿Fue un fraude para lograr votos porque ya no pensaban hacerlo? Quizá; o  quizá sólo fue que el tiempo corriera tanto en esos años que sus argumentos se habían corroído.
Sin duda se puede decir que la justicia está politizada. Debe estarlo en el sentido que hemos señalado. Nace en el presente con espíritu de futuro. ¿Alguien medianamente sensato preferiría que en vez de estar politizada de cara al futuro lo estuviera de cara al pasado? Sin duda alguno habrá. Como se suele decir “ de todo hay en la viña del Señor”.

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