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30 ene 2017

Populismo y democracia degenrada

El Profesor de Derecho Constitucional Francesc de Carreras publicó el 15.01.2015 en EL PAIS  un artículo titulado democracia degenerada con el que estoy casi totalmente de acuerdo. Dice que la definición de “formas políticas corruptas proviene de Aristóteles. A las formas políticas “puras”, es decir, la monarquía (gobierno de uno), la aristocracia (de una élite) y la democracia (del pueblo) de las “corruptas” como degradación de las puras: tiranía, oligarquía y demagogia, respectivamente”. Luego precisa que las democracias actuales pueden degenerar, entre otras formas corruptas: partitocracia y  populismo que ve próximas a las de oligarquía y demagogia aristotélicas.
Parte de que “la finalidad de todo Estado -de toda estructura política, también las supraestatales (como la UE) y las infraestatales (como las comunidades autónomas y municipios)- es asegurar la libertad y la igualdad de todos los ciudadanos mediante la garantía de los derechos civiles, políticos y sociales que figuran en los textos constitucionales” y añade que “son requisitos indispensable para su buen funcionamiento: la representación política, la división de poderes y el pluralismo. Si alguno falla, el instrumento no sirve, la democracia queda inutilizada para la finalidad que se propone”.
Sin embargo no cita que la representación democrática exige poder elegir al Jefe del Estado. Señala que la división de poderes exige que ejecutivo, judicial y legislativo sean independientes y se controlen entre sí sin que ninguno tenga supremacía. El pluralismo democrático exigiría que la ley electoral respetara el principio persona un voto, asunto sobre el que tampoco dice nada.
Considera el autor que “partitocracia y el populismo, desde ángulos distintos, vulneran algunos de estos principios y, por esta razón, desnaturalizan la idea de democracia, la corrompen y la pervierten”. En su opinión la partitocracia desvirtúa la división de poderes porque los concentra en los grandes partidos mayoritarios e impide la función de control entre los distintos órganos estatales... cuando ... se ponen de acuerdo para ejercer un poder transversal que se apodera de los distintos órganos del Estado e impide la posibilidad de controlarse mutuamente”.
En España la Administración siguió el ejemplo francés con un sistema de selección de profesionales competentes objetivo  y abierto a todos los ciudadanos al margen de su opinión política pero como denuncia el autor  que hoy  “no cumple con el mandato constitucional de servir a los intereses generales si los partidos copan, mediante los cargos de confianza que designan, la dirección de los órganos de la Administración, arrinconando así a los funcionarios que ocupan sus plazas en virtud de los principios constitucionales de mérito y capacidad.” Y denuncia que “esa administración es la que debe conceder permisos y subvenciones a las empresas, asociaciones y particulares, entre ellos otorga las licencias a los medios de comunicación audiovisual. Así, pone la sociedad a su servicio en lugar de estar ellos al servicio de la sociedad”.
La causa es clara:son estos mismos partidos quienes designan a los miembros de órganos constitucionales (Tribunal Constitucional, Consejo General del Poder Judicial, Defensor del Pueblo, Tribunal de Cuentas) y a los órganos reguladores (Banco de España, Mercado de la Competencia, Consejos de RTV, etcétera), que por su naturaleza deben ser independientes”. Está claro que es el poder ejecutivo el que, con la complicidad de dos partidos,   “tienen un amplio campo para ser ejercidos sin frenos ni contrapesos, sin controles. El principio de división de poderes se vulnera y todo el edificio del Estado democrático de derecho queda seriamente dañado”.
El autor atribuye al populismo querer  sustituir los principios de representación política, división de poderes y pluralismo por sus contrarios: consultas directas a los ciudadanos, concentración de poderes y partido único o liderazgos carismáticos” y que “dividen a la sociedad en dos partes, las élites y el pueblo. Pero a condición de que solo es el pueblo quien está legitimado para gobernar y la mejor forma de hacerlo es la consulta directa, sin mediar representación alguna”.
Yo creo que el populismo reivindica que la soberanía reside en el pueblo y que el político electo no recibe un cheque en blanco por cuatro años para ejercerla porque el pueblo soberano tiene derecho si no a avocar su ejercicio si a denunciar que “no nos representan”.
No veo yo que reivindique que “el líder máximo (siempre bueno, justo y honrado) quien tiene capacidad para interpretar esta voluntad” porque la propuesta de la consulta directa lo impide. Es el actual sistema que rechaza las consultas quien reivindica no sólo que ellos tienen la soberanía, cuando sólo tienen su ejercicio, y cuando hacen lo contrario a lo prometido en su campaña electoral y además declaran que lograr más votos y poder gobernar equivale a una amnistía por haber sido corruptos y delincuentes a todo pasto.
Sin duda “la solución está en la regeneración democrática de las instituciones mediante una reforma que haga respetar los principios: una buena democracia representativa, una verdadera división de poderes y un respeto al pluralismo. Frente a las formas degeneradas y corruptas, las soluciones regeneradoras y reformistas”.
¿Cabe esperarla de los partidos anegados en corrupción hasta por encima de las cejas?Cualquier otra opción ofrece la garantía de que hasta ahora no tienen corruptos. ¡No es poco!

21 ene 2017

Populismo y república democrática

            Para ocultar el atractivo de la verdad se menosprecian las palabras que la representan.
¿Recuerdan Vds. lo que nos decía el dictador militar?: no hay que confundir la libertad con el libertinaje. Se trataba de este modo indirecto de desacreditar la palabra en la que reside la esencia del ser humano: ser libre.
Ninguno la confundía: el libertinaje reside en la dictadura; la libertad reside en la república. Así ha sido siempre y así seguirá siendo aunque algunas dictaduras monárquicas puedan ser dictablandas y, como ocurre con las nórdicas, tener una distribución de la riquea razonablemente más justa no por ello dejan de ser dictaduras en las que se le niega al ciudadano la libertad de elegir al Jefe del Estado.
Hoy sus herederos nos dicen: no hay que confundir populismo con democracia representativa. Pero el populismo es sinónimo de democracia, es decir el gobierno del pueblo. Que lo haga a través de unos representantes que el pueblo elige no es más que una cuestión técnica pero que exige una cuestión esencial: “que los representantes nos representen”.
Ninguno lo confunde; populismo es democracia, y una democracia representativa si “no nos representa” es una dictadura, que sea militar o monárquica da igual; es dictadura.
En una democracia republicana “la soberanía reside en el ciudadano que la ejerce  colectivamente para elegir a sus representantes y a todos los poderes del Estado”.
En una dictadura monárquica como la que tenemos “la soberanía reside en el pueblo de donde emanan todos los poderes del Estado”.
Ninguno confunde estas dos definiciones; no está de más el analizar las diferencias.
En el primer caso el sujeto es el ciudadano, algo peligroso porque ciudadanos somos todos y cada uno de nosotros; es decir, todos y cada uno de nosotros somos soberanos y todo el Estado, el Gobierno - el poder ejecutivo - y la administración que el gestiona, pero también el Parlamento - el poder legislativo - y por supuesto la Justicia - el poder judicial - están al servicio del ciudadano: de todos y cada uno de nosotros sin excepción.
Las palabras son importantes porque transmiten conceptos. Prestémosle atención.
Fíjese Vd. en la diferencia que significa que hablemos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o que su denominación fuera la de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Ciudadano. Su relación con ellas sería distinta sólo con este cambio de nombre. La relación de ellas con Vd. también sería distinta; en vez de considerarse “la autoridad sobre Vd.”, en realidad sólo son agentes de la autoridad, estaría claro que son “los empleados a su servicio”, al del único soberano que existe en una democracia. ¡Casi nada de diferencia!
Si se substituye “ciudadano” por “pueblo” Vd., persona de carne y hueso desaparece secuestrado por un ente de ficción: el “pueblo”; algo difuso y magmático en cuyo nombre puede hablar todo el mundo. Por el contrario en su nombre sólo puede hablar Vd.; también quien lo represente ¡pero sólo si lo representa! Si no lo hace Vd. tiene todo el derecho del mundo a recuperar un derecho del que nunca abdicó, sólo permitió su ejercicio: el derecho a opinar empezando por opinar que los representantes electos “no nos representan”.
En una democracia representativa el parlamento está elegido por los ciudadanos. Pero siempre y cuando la ley electoral no haga trampas y traicione el fundamento esencial de la democracia representativa: una persona un voto. Si la ley no respeta el principio básico de la representatividad no es que lo digamos nosotros, es que la propia ley es la que establece, con ese fraude legalizado, que esos representantes “no nos representan”; simplemente han secuestrado nuestra representación. Que quienes “no nos representan” quieran seguir haciéndolo es lo normal: todo secuestrador obtienen beneficios de mantener el secuestro ellos “no nos quieren representar” les basta “secuestrar nuestra representación”, que es otra cosa.

Por último, en una democracia es verdad que todos los poderes del Estado emanan de los ciudadanos, pero en una dictadura hay un poder del Estado, el del Jefe del Estado, que no emana del ciudadano sino de la voluntad del propio Jefe del Estado, si fue el primer dictador de la saga o de la coyunda fértil de sus papás, si es el heredero de la dictadura. Aquí no es que las palabras sean diferentes, aquí, simplemente, una afirmación es una mentira para que pase desapercibido que el Jefe del Estado  ha secuestrado la soberanía que reside en el ciudadano

14 ene 2017

Populismo; representar o no representar

La palabra populismo ha sido elegida como palabra del año. Se trata de una palabra cuyo uso equívoco ha demostrado que puede significar todo lo que cada uno quiera que signifique.
Populismo es decir que la pérdida de la mayoría absoluta en las elecciones significa que el ciudadano no quiere ni corrupción, ni reforma laboral, ni precariedad en la sanidad, la justicia y la docencia, ni “carromeros” asesorando sobre lo que ignoran.
Populismo es decir que seguir siendo el partido más votado en las elecciones significa que el ciudadano revalida la corrupción de sus miembros, ese voto es una patente de corso para seguir así.
Populismo es decir lo que se quiere cambiar teniendo la seguridad de que como no se va a poder gobernar nunca se entrará en contradicción con lo prometido.
Populismo es establecer un programa electoral prometiendo todo lo que se sabe que si se llega a gobernar no se piensa hacer, sino todo lo contrario, el programa oculto aplicado desde el primer día
Populismo el rechazo al acuerdo de libre comercio que se pretendía para perjudicar a la UE en beneficio de los USA.
Populismo es también el rechazo al acuerdo de libre comercio con que se pretendía perjudicar a los USA en beneficio de la UE.
Populismo es la pretensión de que Grecia se saliera de la UE y dejara sin pagar sus deudas corruptamente heredadas.
Populismo es la realidad de que el Reino Unido se ha salido de la UE y ya veremos qué pasará con las deudas que tenga con la UE.
La única certeza es que cada partido llama populista al que promete lo que ellos no prometen. También se dice que los populistas rechazan la democracia representativa, ¿es eso cierto? 
Los acusados de populismo dicen que sólo si es evidente que los representantes ponen en práctica la política que no quieren los representados, se debe atender a la democracia directa de la manifestación. También que si los electores supieran antes de votar qué la política que hacen sus representantes no sería la prometida tampoco les hubieran elegido. Por último, que la manifestacion se debería recibir con agradecimiento porque es un aviso de que se está valorando mal lo que hacen.
Los electores han elegido como  representantes, por democracia representativa a quienes se comprometieron con ellos en una propuesta política. Si ven que es la contraria a la que hacen caben tres posibilidades: 1.- que los electores no se enteren y sus representantes hagan lo prometido y los representen bien; 2.- que los electores no estén equivocados y sus representantes hagan lo contrario a lo prometido y los representan mal; 3.- que ambos tengan razón y los representantes los representen mal pero no tan mal como creen sus representantes.
La cuestión es doble: de comunicación y de realidad. Si la realidad es que la percepción de los representados es total o parcialmente incorrecta por una mala comunicación de los representantes que les crean la sensación de que “no los representan” el problema es menor. Si la realidad es que no hay una mala comunicación de los representantes sino que "no los representan" bien el problema es grave 
Si se trata de un mero problema de comunicación procede empezar a explicarse mejor; si el problema es más profundo de mala representación procede empezar a representarlos mejor. La fuerte emergencia de Ciudadanos y las agrupaciones de Podemos, pura democracia representativa, han revelado que lo que hacían los otros partidos produjo una gran insatisfacción; no obstante el resultado de las dos elecciones debería hacerles qué errores han cometido para obtener esos resultados.
Lo que parece indiscutible, en opinión de los electores, es que los partidos tradicionales defensores de la democracia representativa no han sabido representar a nada menos que un 20 % de los ciudadanos. Su mala opinión superó el punto de la abstención en apoyarles pese a su historia más o menos exitosa hasta ahora; llegó hasta el punto de apoyar a otros como han hecho en esta ocasión.
Los partidos que han perdido estos votos deberían estar contentos porque esa realidad se haya  mantenido en el 20 % en vez de crecer; pero no deben confiarse. Les da tiempo para rectificar lo mal hecho durante tanto tiempo ignorando la opinión del ciudadano que les había aviado de lo mal que hacía cuando les dijeron “no nos representan” y en vez de hacerle caso les apalearon. La próxima elección no será de la historia frente a la promesa; los partidos emergentes tendrán ya su historia.
La palabra "populismo" es una descalificación con lo que se evita la justificación racional de lo que se ha hecho. Se usa como el canto rodado en una onda: para agredir al que critica los errores en lugar de oponer razones que revelen el error de la crítica. El caso más desaforado ha sido el que oí hace unos días  refiriéndose a las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que revocaron las Sentencias del TS y del TC y que están siendo aplicadas por los tribunales: preferentes, clausula suelo, gastos indebidos, etc, Las calificaban de "populismo judicial". Lo curioso es que lo decían los mismos que descalifican a quienes rechazan las sentencias judiciales por parte del gobierno catalán. ¿En qué quedamos? En lo dicho, populistas son los que no piensan como nosotros.
Se acepta que "el cliente siempre tiene razón" y el empresario elegido busca acomodarse  a lo que opina el cliente. ¿Por qué los representantes elegidos actúan al revés y dicen "los representados no tienen razón"? La cuestión es grave: o el ciudadano no tiene razón, y en vez de democracia representativa es mejor la "dictadura de los que tienen razón", o el ciudadano tiene razón y  la democracia representativa que "no representa a los ciudadanos" es un secuestro de representación. Eso hay que aclararlo: "representar o no representar; ésa es la cuestión; ése es el problema."

7 ene 2017

un nuevo fraude constitucional

                El PP y el PSOE están organizando un contubernio para lavarle la cara a esta monarquía dictatorial bajo la cual vivimos. Es otro intento de engaño a los ciudadanos de buena fe. La necesidad de cambiar la constitución es evidente. Lo fue desde su nacimiento. Fue una burla que tuvimos que tragar bajo el ruido de sables. Aun está prohibida la información para saber si de quien sospechamos estaba tras él. La solución no es un nuevo engaño; es recuperar la democracia que en estos momentos no existe ni existirá hasta que los ciudadanos podamos elegir al Jefe del Estado acabar con esa anomalía mundial: un reino inventado por un dictador y un rey nombrado por un dictador.
          Más que una burla fue un fraude que se reitera con desvergüenza y cinismo: decir que elegimos como Jefe del Estado al papá del actual dictador monárquico cuando lo nombró el dictador tras jurarle defender los principios del movimiento después de deshacerse en elogios por haber sido el mayor genocida de toda la historia de España. Engañarlo no me pareció mal; más se merecía el dictador. Pero seguir tomándonos el pelo a los españoles es una desvergüenza que si él no terminó tiene que terminarle su hijo heredero de la dictadura monárquica.
                Se votó cambiar las leyes no para nombrar el jefe del Estado. Si se votaba NO a la CE78 se habría rechazado la CE78 pero el Jefe del Estado con título de rey y con “derecho” de sus hijitos a seguir heredándola hubiera seguido siendo D. Juan Carlos de Franco. Si se votaba SI a la CE78 entraría en vigor como así ha ocurrido y el Jefe del Estado con título de rey y con el derecho de sus hijitos a seguir heredándolo hubiera seguido siendo D. Juan Carlos de Franco.
Es evidente si se vote lo que se vote el Jefe del Estado sigue siendo Jefe del Estado para que fuera rey y que sus hijitos le heredaran en la Jefatura del Estado está claro que NO hemos votado al Jefe del Estado, NO le hemos votado para que fuera rey y NO le hemos votado para que sus hijitos le heredaran en la Jefatura del Estado. Además de ser un fraude objetivamente evidente su autor, el Presidente Lic. Suárez ha declarado que fue un fraude consciente y premeditadamente realizado.
                Ahora se ofrece un cambio de la CE78 como si eso fuera un objetivo. Es sólo un medio. El objetivo es recuperar la democracia. Para ello es necesario hacer realidad TODO el art. 14 CE78. Sería un engaño modificar sólo el asunto del sexo del dictador cuando lo que importa es que TODO  el Título I contradice el art. 14 CE78 y que da igual tener un dictador o una dictadora.
El PSOE si no quiere perder toda la credibilidad que aun le queda no puede sumarse a los herederos y defensores del franquismo sino apoyara quienes propongan ¿por qué no proponerlo él? modificar el Título I eliminado la dictadura monárquica para que sea verdad el art. 14: 1º: que no haya discriminación por razón de nacimiento, los hijos de los dictadores, sean de sexo que sean o sean LGTB no pueden tener más derechos que los hijos de personas decentes que no son dictadores  y 2º: para que no haya discriminación por cualquier otra razón personal o social, como la que soportamos: un rey nombrado por un dictador que se inventó un reino cuando en España, legalmente hablando, la última vez que los ciudadanos aprobaron una constitución sin trampa fue cuando aprobaron la CE31.
Y además debe volver a ser verdad lo que dice el art. 1.2 CE78: La soberanía reside en el pueblo español del que emanan todos los poderes del Estado. Ése es el otro fraude de la CE78. La Jefatura del Estado recayó en el dictador que eligió el Jefe del Estado que ipso facto aceptó ser dictador fascista con título de rey, luego  fue dictador perjuro con título de rey y acabó siendo dictador fraudulento tras la votación de la CE78 con título de rey. No olvidemos que él sólo juró respeto a los Principios Fundamentales del Movimiento. Claro que en una familia de perjuros, Fernando VII fue el primero e insuperable, el valor de sus juramentos es ninguno. La Jefatura del Estado no emana del pueblo español.
                Si el actual monarca dictatorial se cree el mejor preparado del país ¿por qué tiene miedo a demostrarlo? Presente su candidatura a Jefe del Estado para los próximos 4 años. Le garantizo que ganaría. Y dentro de 4 años todavía seguiría ganando. Pero no lo hará.
Él, como Fernando VII, el "rey felón", y los demás reyes que lo fueron mediando un golpe de Estado. el suyo lo apoyó el General Elio, tampoco quieren recibir el poder de los ciudadanos. Prefiere usurparlo recibiéndolo de un golpista, el dictador Franco como hiciera también su antepasado Alfonso XII que lo recibió con igual ilegalidad de otro golpista, el General Martínez Campos.
Se niega a competir porque no es demócrata; a él le gusta, visto su comportamiento, ser un dictador monárquico nombrado, coyunda paterna mediante, por el dictador que acabó, genocidio mediante, con la República democrática que eligieron nuestros abuelos en España  de modo libre y sin fraudes como el que ahora el PSOE quiere apuntalar.
Él podría pasar a la historia por ser el Rey que renunció a la dictadura monárquica y quiso ser Jefe del Estado con título de rey electo cada cuatro años por unos ciudadanos libres.
Pero me temo que prefiere ser dictador monárquico hereditario con título de rey "sobre sus súbditos"; los que le dejó en herencia el dictador militar, como animales para trabajar "su finca", que todo dictador considera así al país donde logra imponerse a cualquier precio. 
La única opción de voto que se nos permite hoy a "sus" súbditos es la que teníamos con su abuelo putativo el Dictador miliar: "votar con el mando de la tele" en contra de tener que soportar ridículos mensajes navideños baboseados de miel envenenada desconectando la tele.
Era lo que hacían los alemanes de la RDA, "votaban con los pies" marchando a la RFA.

3 ene 2017

Que crezca la hierba en libertad

La amenaza de eliminar la figura del juez Instructor preocupa y mucho a las personas que nos tomamos en serio el art. 24.1 CE 78 que se refiere a la “tutela judicial efectiva” donde se reconoce como un derecho fundamental de la soberanía del ciudadano (art. 1.2 CE78: La soberanía nacional reside en el ciudadano de donde emanan todos los poderes del Estado).
Esta soberanía nació con la hierba segada bajo los pies – el poder del Jefe del Estado no emana de una decisión del ciudadano - sino de la decisión del General Franco. Él se inventó un reino y prometió elegir un rey como coartada para salvar su dictadura vitalicia de la derrota por los aliados durante la II Guerra Mundial de los regímenes nazi y fascista.
 Sobre esa soberanía va cabalgando en un caballo que recuerda el de Atila, para que no pueda rebrotar la hierba de la soberanía del ciudadano que también consta en la CE78.
La ley “mordaza” es un caballo “atilano” que impide que el ejercicio de la libertad soberana del ciudadano reverdezca. La amenaza de sanciones administrativas mayores que el salario que muchos trabajadores españoles no cobrarán en toda su vida laboral, 300.000 €, no deja lugar a duda. No busca proteger el ejercicio de la libertad soberana del ciudadano.
Al proyecto de limitar el ejercicio de la soberanía más soberana que tiene el ciudadano, declarar culpable o no de los delitos que se imputan a un congénere a través de la institución del jurado se añade el de prohibirle ejercer libremente su soberano derecho a querellarse cuando aprecie un atropello del Orden Público del Estado cometido por presuntos delincuentes si ni los Abogados del Estado - ¿lo son del Estado o del Gobierno? – ni el Fiscal General del Estado -  ¿lo es del Estado o del Gobierno? – hacen más que obedecer al Jefe. Ambos son cuerpos jerarquizados. Se trata de una “biga” de atilanos  para el secuestro de la libertad soberana del ciudadano, lo que lo acerca más a su clara condición de súbdito.
Que la instrucción de los delitos pase de manos judiciales a las fiscales es el cuarto caballo; el que anuncia el apocalipsis. Por ello gratifica leer al Dr. Presidente Honorario de la Asociación Profesional de la Magistratura D. Ramón Rodríguez Arribas, ABC, 30.12. 2016: “Pero es que, además, no le es indiferente a la persona investigada por la supuesta comisión de una infracción penal que el que dirija las pesquisas sea el miembro de una institución jerarquizada, que luego va a ejercer la acusación, aunque sea por un funcionario distinto, o que el responsable de acopiar y hacer una primera calificación de indicios y pruebas sea un juez independiente que viene obligado a poner el mismo interés en los datos que puedan beneficiar como en los que puedan perjudicar a la persona sometida a la investigación, y que no va a tener ninguna intervención en el juicio posterior, que será ante otros jueces diferentes y también plenamente independientes”. La actitud condiciona el fruto del trabajo.
Es inevitable el riesgo de toparse un juez menos dispuestos a instruir que a defender o condenar al querellado, un delito de prevaricación susceptible de ser denunciado. Por eso no es adecuado atribuir  esa tarea a quién – desiderata aparte de que el Cuerpo de Fiscales del Estado es independiente del poder ejecutivo – se entrena profesionalmente en ser “parte”, lo cual hace unas veces a favor de ciertos reos y otras en contra de ciertos reos,.
Se argumenta el mimetismo con la política judicial europea, que se mueve en ese sentido; pero si el mimetismo no es global sino parcial es sólo para engañar al ciudadano poco ilustrado. El sentimiento de soberanía del ciudadano está enraizado en la mayor parte de los países europeos. Son repúblicas democráticas y las que no lo son llevan siglos sin saber que es una dictadura militar. En nuestro caso llevamos dos siglos bajo dictaduras, salvo breves oasis.

Privar al ciudadano del libere ejercicio de la acusación popular es la mejor forma de impedir que asumamos la tarea de defender el Orden Público del Estado; si la instrucción pasa además a los fiscales la justicia no llegará a ser algo popular. Eso es grave en un país la mayoría de cuyos ciudadanos cree que el poder ejecutivo tiene el tic que define una dictadura: el del control del poder judicial. Sí a eso se le añade el control del poder de instrucción y se priva al ciudadano del poder de querellarse la tutela judicial efectiva que proclama el art. 24.1 CE78 se corre el riesgo de que sea una mera declaración como la del art. 1.2. Pero eso es como volver grupas hacia la parte más negra de nuestra historia: la del divorcio de la justicia y el pueblo.
Me pide un lector que acompañe el texto del artículo que ha motivado mis reflexiones coincidentes, lo cual hago con gusto.
30 DICIEMBRE, 2016 POR RAMÓN RODRÍGUEZ ARRIBAS
En defensa del juez de instrucción
Hace muchos años, cuando comenzaba mi carrera en la Judicatura, precisamente como juez de instrucción, los hijos pequeños de un gran amigo me preguntaron si era verdad que tenía las llaves de la cárcel, como les había contado su padre; contesté que era verdad, pero que también tenía las llaves de todas las casas de los pueblos del partido judicial, porque solo el juez y por razones legales estrictas podía autorizar que se entrara en un domicilio sin permiso de su dueño; quise significar con ello que no solo correspondía al juez de instrucción la persecución del delito, sino también garantizar los derechos de los ciudadanos, porque siempre fue y es un juez de garantías.

Fue al principio de los años 90 del siglo pasado cuando se empezó a decir que los jueces de instrucción tenían demasiado poder, coincidiendo con casos de corrupción en los que habían intervenido, tal vez rozando la púrpura de algún intocable. Por aquel entonces el periódico institucional “Deliberación”, de la Asociación Profesional para la Magistratura, publicó un editorial bajo el significativo título de “En defensa del Juez de Instrucción”, poniendo de manifiesto la eficaz protección de derechos que prestaba la figura, al confiar la función procesal en la preparación del juicio penal a un órgano investido de la independencia judicial.

En los últimos años se ha recrudecido la corriente de opinión que propugna la conversión de los actuales jueces de instrucción en “jueces de garantías” (para acordar la prisión, el embargo, la entrada y registro, la intervención telefónica, etc.), confiando la instrucción propiamente dicha al Ministerio Fiscal; se llegó a redactar por juristas y magistrados relevantes un “Código Procesal Penal” en el que ya se contenía esa sustancial transformación. Y más recientemente, el nuevo fiscal general del Estado ha apoyado esa mutación, aunque, con prudencia, siempre habla de “fiscal investigador”, lo que podría ser una cosa distinta.

Lo cierto es que las aguas corren en una dirección que presagia la desaparición del juez de instrucción y, aunque sé lo incómodo que es remar contra corriente, voy a discrepar de las razones que suelen aducirse en apoyo de tan importante medida. En primer lugar, se ha venido diciendo que, conforme a la Constitución, en su artículo 117, a los jueces sólo les corresponde juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, y por lo tanto deben dedicarse a dictar sentencias y la instrucción debe ser para los fiscales. La STS 145/1988, de 8 de agosto, aunque fuera con ocasión de otra cuestión, puso de manifiesto que no se abrigaba duda de constitucionalidad en cuanto a que la instrucción penal fuera ejercida por jueces, y es que no podía ser de otro modo, porque el juez siempre juzga en el marco de un proceso y la instrucción forma parte del proceso penal, aunque haya que reconocer también que la instrucción por el fiscal tampoco sería inconstitucional.

También se dice que la instrucción por los jueces no es lo que sucede en Europa, y al respecto, y tal vez anticipándome a lo que ahora parece acelerarse, hace muchos meses dije, colaborando en un libro de las Fundaciones de la Universidad Rey Juan Carlos y del Canal de Isabel II, titulado “En Pro de la Regeneración Política de España”, lo que a continuación transcribo, pidiendo perdón por la inevitable autocita:

“Ciertamente la instrucción penal por un juez específicamente destinado a ella va camino de convertirse en una singularidad española, ya que en muchos países ya era función de la Fiscalía o se le ha ido atribuyendo en reformas sucesivas y hasta en el caso de Francia (que es el más próximo) la evolución va en esa dirección. Precisamente esa es una de las afirmaciones que esgrimen los partidarios del cambio, es decir, que nos quedamos convertidos en una excepción; pero es que, aparte de que con ese argumento podríamos tener que acabar con la paella (permítasenos la ironía), hay que hacer otras consideraciones: en primer lugar hay que preguntarse si esa evolución hacia la instrucción por el acusador público es un avance o un retroceso, y en segundo lugar debemos advertir, que, en general, la utilización del derecho comparado para forzar reformas internas es un instrumento peligroso, porque las comparaciones han de ser con el sistema completo y pretender extraer una pieza de uno foráneo para incorporarla al nuestro, lo que suele conseguir es introducir un cuerpo extraño que además desnivela las propias instituciones.

“Pero es que, además, no le es indiferente a la persona investigada por la supuesta comisión de una infracción penal que el que dirija las pesquisas sea el miembro de una institución jerarquizada, que luego va a ejercer la acusación, aunque sea por un funcionario distinto, o que el responsable de acopiar y hacer una primera calificación de indicios y pruebas sea un juez independiente que viene obligado a poner el mismo interés en los datos que puedan beneficiar como en los que puedan perjudicar a la persona sometida a la investigación, y que no va a tener ninguna intervención en el juicio posterior, que será ante otros jueces diferentes y también plenamente independientes”.

Cuanto dicho queda, que no es más que lo que he sostenido siempre, en sintonía con la postura invariable de la Asociación Profesional de la Magistratura, no contiene ni el más mínimo recelo respecto a los fiscales españoles, que son ejemplo internacional, y ello me consta, de imparcialidad, defensa de la legalidad y buen hacer, pero tampoco puede ignorarse que, aunque a veces injustamente, los principios de jerarquía y unidad del Ministerio Público, y el nombramiento por el Gobierno del fiscal general del Estado, pueden crear una impresión de falta de autonomía e independencia, y en las cosas de la Justicia la imagen, aunque no sea la real, vale tanto, a veces, como la realidad misma.

Si se quiere abordar el asunto en su plenitud, tampoco habrá que descartar la unificación de las carreras judicial y fiscal (ya se habla de la conversión de jueces y fiscales, y viceversa), dotando al fiscal instructor de las mismas garantías que ahora tiene el juez de instrucción, incluida la más absoluta independencia, y entonces no habría problema; aunque la verdad es que tal vez eso sería pedir demasiado. Y si ahora no se puede hacer así, más vale dejar las cosas como están y pensarlo más.