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2 ene 2018

El falso problema catalán: I.- Libertad de opinión, pero menos.

Estos comentarios no analizan el aspecto político; ambas partes han hecho gala de una falta de realidad muy preocupante en quienes son los gestores de nuestra libertad.
En éste y en los sucesivos comentarios se analiza desde un punto de vista jurídico la explosión de la ilegalidad generada por el Gobierno con la aplicación ilegal del art. 155CE78 lo que constituye, salvo mejor opinión de los jueces, la comisión de numerosos delitos.
Para ello se necesita hacer algunos comentarios sobre la inmensa torpeza, susceptible de ser considera delictiva, de prohibir el referéndum que se solicitó año tras año alegando el “derecho a decidir” que en realidad no existe en esta CE78 donde sólo existe el “derecho a opinar” porque los referenda, salvo los de aprobación de los Estatutos y de la propia Constitución, son referenda no vinculantes. Ese derecho es, por tanto, un derecho a manifestar la opinión que está recogido como un derecho fundamental.
Dice el art. 20.1 CE78: Se reconocen y protegen los derechos: a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción que se subraya en el art. 29.1 CE78 Todos los españoles tendrán el derecho de petición individual y colectiva, por escrito, en la forma y con los efectos que determine la ley y la deposición en una urna de un voto escrito que expresa la opinión de los convocados es una petición de que se atienda porque el referéndum no es vinculante.
El Presidente M. Rajoy y sus ministros no lo respetan sin que ni el Ministerio Fiscal,  parte del poder judicial independiente de la CE78, defensor del  Orden Público ni tampoco ningún partido político, ¿a qué juegan?, se hayan querellado.
El resultado de no respetar este derecho fundamental ha sido que en vez de un referendum no vinculante se han producido  dos elecciones vinculantes de donde salieron dos Parlamentos con poder legislativo y un Gobierno con poder ejecutivo y dentro de poco otro. ¿Se puede ser más torpe? Sin duda; la Biblia dice que el número de tontos es infinito.
El segundo fraude es el del art. 14 que prohíbe la discriminación que campa por sus respetos en esta dictadura monárquica fascista. La ley electoral discrimina el valor del voto; el de algunas personas vale 300 % ves lo que vale el de otras personas según donde vivan. Y si eso pasa en el Congreso en el Senado es todavía más escandaloso la discriminación. De nuevo ni el Ministerio Fiscal, parte del poder judicial independiente de la CE78, como defensor del  Orden Público ni tampoco ningún partido político ¿a qué juegan?, se hayan querellado.
Pero aún cabe más corrupción en este régimen, corrupto desde la misma CE78.
El “apaño legal” fue darle más valor al voto de las provincias más agrícolas, las menos pobladas que son las más conservadoras. Así se discrimina a las personas que viven en las provincias más pobladas, más industrializadas y más progresistas. Así la UCD ganó aquellas primeras elecciones. Cuando ganó el PSOE hizo algo indigno en un partido de izquierdas ¿lo es?, no acabó con el fraude. Lo pagó con el triunfo del Sr. Aznar cuando, como Trump, tuvo menos votos pero con ese fraude de ley logró más diputados. Para lograr la mayoría contó con el ya corrupto Presidente Pujol. Pero el independiente Ministerio Fiscal no veía la corrupción.
El fraude está en la ley electoral. La mal llamada ley d’Hont  no es tal; es sólo la forma de reparto matemático de los resultados fraudulentos de la ley electoral porque una ley fraudulenta sólo produce datos fraudulentos. El cálculo es correcto; el fraude ya estaba hecho.  
Partidos pro-independentistas
Partidos no independentistas
Escaños
Votos
2015
JxSi+CUP
C’s+CC·P +PSC+PP
JxSi+CUP
C’s+CC·P +PSC+PP
72
56
1.957.348
2.142 668
2017
JxCat + ERCCatSi +CUP
C’s+CC·P +PSC+PP
JxCat + ERCCatSi +CUP
C’s+CC·P +PSC+PP
70
58
2.063.361
2.281.472
Tabla I.- Resultados, en diputados y votos, en las elecciones catalanas en 2015 y 2017
Es lógico que una dictadura monárquica fascista tenga una ley electoral fraudulenta. De haberse respetado esta ley los resultado electorales con la vigente ley fraudulenta y los de una ley democrática son los que se recogen  en la Tabla II.
2015 Ley electoral fraudulenta

JuntsxSi

CUP
C`s
PSC
CC-Pod.
PP
Unio cat
PACMA

62

10
25
16
11
11
0
0
2015 Ley electoral democrática (1 persona = 1 voto igual)

JuntsxSi

CUP
C`s
PSC
Cat Pot.
PP
Unio cat
PACMA

55

11
25
17
12
11
3
1
2017 Ley electoral fraudulenta

JuntsxCat
ERcxatSi
CUP
C`s
PSC
CC-Pod.
PP

PACMA

34
32
4
37
17
8
3

0
2017 Ley electoral democrática (1 persona = 1 voto igual)

JuntsxCat
ERX-CatSi
CUP
C`s
PSC
CC-Pod.
PP

PACMA


29
29
6
35
18
10
6

1

Tabla II.- Diputados de las elecciones catalanas de 2015 y 2017 según la ley fraudulenta y democrática
Ser decentes, no cometer fraudes y menos aún con la malicia de “legalizar” lo “ilegitimo”, hubiera producido beneficios. En este caso particular hubiera evitado un conflicto social y político ajeno a la realidad; la realidad es que la mayoría de los catalanes, como la mayoría de los españoles, es solidaria:
1.- Entre catalanes con la parte menos desarrollada de Cataluña;
2.- entre españoles con la parte menos desarrollada de toda España.
Es el pago justo a los ciudadanos de siguen viviendo en esas partes menos desarrolladas y a los que al dejarlas e irse a otras partes de Cataluña y de toda España permitiendo su desarrollo.
Estas reflexiones son una invitación para derogar, hoy mejor que mañana, esta ley electoral fraudulenta. La razón de su derogación no es sólo que haya hecho posible lo que nunca debió serlo sino por una razón de fondo: el respeto a la ética de la igualdad de derechos frente a la discriminación que por más artera y “legalizada” es todavía más ilegal por ser un fraude de ley, y nada menos que de la propia CE78.
Ningún fraude de ley. Es una petición ética que debería tener algún eco en los Diputados y los Senadores; al menos en la mayoría, pero no lo hay. Por eso se hicieron acreedores a nuestra protesta cuando les dijimos “VDS. NO NOS REPRESENTAN”. Su reacción fue querer sancionar a los que, siendo los soberanos, decíamos la verdad. Como dijo el evangelio: Os digo que si éstos callan, las piedras clamarán” (Lc. 19.40).

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